Fondos Humanitarios de País Directrices Globales (Diciembre de 2022)

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1. Introducción

1.1. Propósito y alcance de las Directrices Globales

  1. El propósito de las presentes Directrices Globales es garantizar un enfoque coherente y armonizado de la gobernanza y las operaciones de los Fondos Humanitarios de País (CBPF, por sus iniciales en inglés). Las Directrices Globales establecen disposiciones que mejoran la calidad de las prácticas de los CBPF y su rendición de cuentas ante las partes interesadas, incluidos los Estados Miembros de las Naciones Unidas (ONU), los donantes, los socios operativos humanitarios (en lo sucesivo denominados "socios") y las personas afectadas por desastres y emergencias.

  2. Las Directrices Globales describen las normas mínimas globales para una gestión eficaz y eficiente de los CBPF, alineando los enfoques y reconociendo al mismo tiempo la especificidad contextual de cada Fondo. Se basan en la amplia experiencia adquirida por la Oficina de Coordinación de Asuntos Humanitarios de las Naciones Unidas (OCHA) a lo largo de muchos años de gestión de CBPF en diferentes contextos nacionales. Las Directrices Globales comprenden este cuerpo principal y los anexos, que proporcionan más detalles sobre determinados temas.

  3. Las Directrices Globales también se aplican al Fondo Común Regional (en lo sucesivo, "Fondo Regional"), que se está poniendo a prueba en África Central y Occidental. Esta innovación pretende llevar los beneficios de la financiación mancomunada a nuevos contextos geográficos en donde el establecimiento de un CBPF de pleno derecho pueda no ser factible, reforzando al mismo tiempo los enfoques regionales de la programación. Los Fondos Regionales también tienen el potencial de apoyar un enfoque coherente de las emergencias regionales y/o promover la colaboración transfronteriza y las sinergias entre las asignaciones específicas de cada país. El concepto se basa en el aprendizaje y las buenas prácticas relacionadas con los CBPF. El proyecto piloto recogerá las prácticas emergentes, extraerá las lecciones aprendidas y proporcionará un análisis basado en pruebas sobre su utilidad. Se harán referencias explícitas cuando existan diferencias en la aplicación de las disposiciones de las Directrices al Fondo Regional. El concepto y las características del Fondo Regional seguirán evolucionando y perfeccionándose con posterioridad a la publicación de estas Directrices Globales.

  4. Los principales usuarios de estas Directrices Globales son las oficinas de país de OCHA, en particular sus Unidades de Financiación Humanitaria (HFU, por sus iniciales en inglés), que apoyan y gestionan los CBPF. Las Directrices también sirven como documento de referencia para los socios, ya que también describen las funciones y responsabilidades de los Coordinadores Humanitarios (CH); OCHA; los socios, incluidos los organismos de las Naciones Unidas, las organizaciones no gubernamentales (ONG) nacionales e internacionales;1 plataformas de coordinación, incluidos los sectores/grupos temáticos; y otras partes interesadas.

  5. Seis CBPF (Afganistán, República Centroafricana -RCA-, República Democrática del Congo -RDC-, Sudán del Sur, Sudán y Somalia) son administrados por la Oficina del Fondo Fiduciario de Socios Múltiples (MPTF, por sus iniciales en inglés). En el momento de la publicación de estas Directrices Globales, OCHA y la Oficina del MPTF están debatiendo la transición de la función administrativa de la Oficina del MPTF. Para más información, consulte el sitio web de la Oficina del MPTF (https://mptf.undp.org/) y los documentos pertinentes facilitados por la Oficina.

  6. Cada CBPF funciona en un contexto específico y es gestionado por OCHA a nivel de país. Si bien los Fondos deben ajustar sus prácticas a estas Directrices Globales, conservan la flexibilidad necesaria para basarse en las normas mínimas y adoptar disposiciones adicionales que respondan mejor a las exigencias de cada contexto. Cuando los objetivos humanitarios y los requisitos operativos exijan desviarse de las normas mínimas en materia de gestión financiera y de riesgos,2 el CH podrá solicitar la aprobación de una exención excepcional por parte de la Dirección Ejecutiva (EO) de OCHA, que se estudiará a la luz de la justificación correspondiente y de las implicaciones para la gestión de riesgos. Bajo la dirección del CH, la HFU de OCHA, en consulta con la Junta Asesora (JA), elaborará un "Manual Operativo", en el que se describirán las disposiciones específicas adecuadas al contexto. Los elementos clave del manual operativo incluirán la composición de los órganos de gobierno, las fases del proceso de asignación, el marco de rendición de cuentas, incluidos los procedimientos de gestión de riesgos, y la administración financiera y presupuestaria. En el caso de un Fondo Regional, se establecerá un Manual Operativo regional con detalles específicos para cada país como figuran en los anexos, según se requiera.

  7. Las presentes Directrices Globales están sujetas a revisiones periódicas, indicativamente cada tres o cuatro años o cuando lo exija un cambio significativo en el contexto, en consonancia con el aprendizaje y la evolución continua de las buenas prácticas (véase la sección 1.6). Los anexos se podrán revisar con mayor frecuencia cuando sea necesario, pudiendo entrar en vigor antes de la próxima revisión de las Directrices Globales en su conjunto.